La pensión no contributiva de incapacidad se puede cobrar desde los 18 hasta los 65 años de edad, siempre que persistan los requisitos que dieron origen al reconocimiento de la prestación. Sin embargo, existen diferentes situaciones que pueden provocar la pérdida del derecho a cobrar la pensión no contributiva.
Hay que recordar que la pensión no contributiva de incapacidad está dirigida a personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 65% y que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Además, las personas solicitantes deben cumplir con otros requisitos básicos, como un requisito de carencia de rentas que se actualiza cada año.
Motivos por los que se puede perder la pensión no contributiva de incapacidad en 2025
Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva de incapacidad tienen que cumplir con ciertas obligaciones tras adquirir la condición de pensionista. El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar la suspensión del pago de la prestación o incluso la pérdida del derecho a cobrar la pensión.

A continuación, exponemos algunos de los motivos más importantes por los que se puede perder la pensión no contributiva de incapacidad:
- En caso de trasladarse a otro país a vivir. Si el ciudadano se traslada a otra Comunidad Autónoma dentro de España no supone ningún cambio para su pensión no contributiva de incapacidad.
- Si los ingresos anuales externos a la pensión aumentan por encima del límite establecido para cada año por parte del IMSERSO.
- En caso de no presentar la Declaración Anual de Rentas ante el IMSERSO.
- Por variaciones en la situación de convivencia, residencia, estado civil o recursos económicos propios o familiares. Todos estos cambios deben comunicarse en un plazo de 30 días desde que se producen.
Respecto a la compatibilidad con una actividad laboral, es importante hacer varias aclaraciones. En 2025, la pensión no contributiva de incapacidad es totalmente compatible con el desarrollo de un trabajo, siempre que los ingresos sean inferiores a 15.105,80 euros anuales.
Desde ‘CampmanyAbogados’ indican que «la pensión se suspenderá si con la actividad laboral se genera un sueldo igual o superior a 15.105,80 euros anuales. Pero si lo que excede de esa cifra es la pensión anual sumada a los ingresos por trabajo, la pensión no contributiva de incapacidad se reducirá para no llegar a esa cantidad».
La importancia de la Declaración Anual Rentas
Una de las obligaciones más importantes de las personas beneficiarias de una pensión no contributiva de incapacidad para renovar el derecho a la prestación y que no se suspenda su pago, es presentar la Declaración Anual de Rentas.
La Declaración Anual de Rentas es un documento diferente a la Declaración de la Renta de la Agencia Tributaria. En este caso, la Declaración Anual de Rentas se debe presentar ante el IMSERSO para que el ciudadano acredite que sigue cumpliendo con los requisitos de límites de ingresos para tener derecho a la pensión no contributiva de incapacidad.
Así, este documento imprescindible se debe presentar durante el primer trimestre de cada año. Si el ciudadano no presenta la Declaración de Rentas en el plazo estimado, el IMSERSO procederá a suspender el abono de la pensión y no se reanudará el cobro hasta que el documento se presente por los canales legales.




