Las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente, independientemente del grado reconocido, pueden cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Para tener derecho a percibir este complemento es obligatorio cumplir con una serie de requisitos básicos.
El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones está en vigor desde el 4 de febrero de 2021, y está habilitado para personas beneficiarias de una pensión de jubilación, pensión de viudedad o pensión de incapacidad permanente.
Complemento para reducir la brecha de género en la pensión de incapacidad permanente
Específicamente, este complemento económico de la Seguridad Social está destinado a las mujeres que acreditan haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos. No obstante, los hombres pensionistas que cumplan con los requisitos también tendrán derecho a dicho complemento.

Así, estos son los requisitos que se deben cumplir en España para cobrar el complemento para reducir la brecha de género en caso de ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente:
- Tener reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o Gran Invalidez.
- Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
- Certificar que ha tenido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos.
En el caso de los hombres pensionistas, es posible que la Seguridad Social exija el cumplimiento de algún requisito adicional. Es algo que se debe tener en cuenta a la hora de solicitar dicho complemento.
Además, desde la Seguridad Social informan que «el complemento no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima».
Importe del complemento en 2025
Tal y como hemos explicado previamente, las personas beneficiarias de una incapacidad permanente que cumplan con los requisitos anteriores, podrán tener derecho a cobrar un complemento adicional en su pensión.
La cuantía de este complemento se actualiza cada año por parte del Gobierno de España. En 2025, el importe de este complemento ha subido a 35,90 euros al mes por cada hijo con el que se cumplan los requisitos, hasta un máximo de cuatro.
Hay que tener en cuenta que el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se devenga en 14 pagas anuales. Es decir, doce pagas correspondientes a los doce meses del año; y dos pagas extraordinarias que se abona en los meses de junio y noviembre, respectivamente.
Por tanto, si una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente cumple los requisitos con un hijo, podrá percibir un total de 502,60 euros al año durante 2025. Esta cuantía podrá aumentar en caso de que se cumplan las condiciones pertinentes con más hijos.
Desde ‘CampmanyAbogados’ concluyen que «si vas a tramitar una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, como nuevo pensionista es importante que sepas que no tienes que aportar ningún documento adicional para pedir el complemento de brecha de género».




