En España, los 65 años se asocian todavía con la “edad de jubilación”, pero en realidad ya no es así para todo el mundo. Para jubilarte a los 65 necesitas acreditar una carrera de cotización elevada (por ejemplo, 38 años y 3 meses en 2025), y si no llegas, tu edad legal de jubilación se retrasa hasta más de 66 años.
El problema aparece cuando llegas a los 65, no puedes jubilarte porque no cumples los años cotizados, y al mismo tiempo dependes del paro o de un subsidio del SEPE para tener ingresos. Aquí es donde entra en juego la clave de la noticia: el SEPE puede seguir abonando la prestación de oficio, siempre que demuestres que aún no tienes derecho a pensión contributiva.
El requisito clave: no tener derecho todavía a la pensión de jubilación
El “requisito estrella” que marca la diferencia no es la edad, sino si tienes o no derecho efectivo a jubilarte. Para seguir cobrando el paro o el subsidio una vez alcanzada la edad de jubilación te piden, básicamente, dos cosas:
- Que hayas llegado a la edad ordinaria que te correspondería (65 o más, según tus cotizaciones).
- Que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) certifique que no reúnes los requisitos para cobrar la pensión contributiva.
El propio SEPE lo explica en sus preguntas frecuentes: si al cumplir la edad de jubilación no reúnes los requisitos para la pensión, puedes seguir cobrando la prestación por desempleo. Pero para ello debes presentar una certificación del INSS que acredite de forma expresa que no puedes jubilarte todavía, y esta es la pieza que muchas personas desconocen.
En la práctica, el sistema parte de la idea de que con 65 años podrías jubilarte, por lo que tiende a cortar el subsidio o la prestación si no se demuestra lo contrario. Por eso es tan importante ese certificado: es lo que obliga al SEPE a mantenerte en situación legal de desempleo y a seguir pagando de oficio tu ayuda.
Cómo actúa el SEPE “de oficio” y qué tienes que hacer tú
Cuando se habla de que el SEPE abona el paro o el subsidio “de oficio” se refiere a que, una vez acreditado que no puedes jubilarte, la continuidad del pago no exige que estés renovando la solicitud cada vez que cumples años. El organismo cruza datos con la Seguridad Social y sabe que ya has cumplido 65, pero también que todavía no tienes acceso a la pensión; por tanto, mantiene el abono de la prestación mientras sigas cumpliendo el resto de requisitos (demandante de empleo, límites de rentas, etc.). Ahora bien, hay una parte que no es automática y depende de ti:
- Pedir al INSS el certificado de que no cumples los requisitos de jubilación contributiva.
- Presentar ese documento ante el SEPE si al llegar a los 65 (o a tu edad ordinaria) ven que podrías jubilarte y pretenden extinguir la ayuda.
En algunos casos, el SEPE te requerirá de manera expresa ese certificado; en otros, si ves que al cumplir 65 te cortan el subsidio o te generan dudas, conviene adelantarte y aportar tú mismo la documentación. De este modo evitas quedarte meses sin ingresos mientras se aclara tu situación.
Paro, subsidio mayores de 52 y edad de jubilación: puntos clave que debes revisar
Este escenario afecta especialmente a quienes cobran el subsidio para mayores de 52 años o una prestación contributiva larga y están cerca de la edad de jubilación. Te interesa revisar estos puntos:
- Años cotizados: confirma cuántos años tienes reconocidos en la Seguridad Social y cuál será tu edad legal de jubilación (no siempre será 65).
- Tipo de prestación: si es la prestación contributiva por desempleo, podrás seguir cobrándola hasta agotar el tiempo reconocido, siempre que no puedas jubilarte todavía.
- Subsidio para mayores de 52 años: esta ayuda se mantiene, en principio, hasta la edad ordinaria de jubilación, pero el sistema tiende a suspenderla a los 65 si no se demuestra que no llegas a la cotización mínima.
- Cotización durante el subsidio: mientras cobras el subsidio mayores de 52, el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social por un 125% de la base mínima, algo que impacta directamente en el cálculo de tu futura pensión.
Consejos prácticos si estás cerca de los 65 y dependes del SEPE
Si tu audiencia es española, está en paro y se acerca a los 65 años, los pasos prácticos que conviene tener claros son estos:
- Adelántate y revisa tu vida laboral: consulta en la Sede Electrónica de la Seguridad Social cuántos años tienes cotizados y cuál será tu edad de jubilación ordinaria.
- Pide información al INSS: si ves que no llegas a la cotización mínima para jubilarte a los 65, solicita cita e infórmate sobre el certificado de “no acceso” a la pensión contributiva.
- Habla con el SEPE antes de cumplir 65: pregunta expresamente qué ocurrirá con tu paro o tu subsidio al llegar a esa edad y qué documentos tendrás que aportar.
- Mantén tus obligaciones: seguir inscrito como demandante de empleo, acudir a las citaciones y no superar los límites de renta son condiciones imprescindibles para no perder la ayuda.
- Evita dar por hecho la jubilación automática: ni el SEPE tramita tu pensión ni la Seguridad Social te la concede si no cumples requisitos; si no mueves ficha, puedes quedarte temporalmente sin paro y sin pensión.
Con este marco, el mensaje de fondo es claro: cumplir 65 años ya no significa, por sí solo, el final del paro o del subsidio, sino el momento de acreditar formalmente si puedes o no jubilarte. Si no tienes derecho todavía a pensión contribuyes, el SEPE debe seguir abonando de oficio tu prestación, siempre que presentes la certificación adecuada y mantengas todos los demás requisitos legales.