Aviso inesperado para mayores de 52 años: así cambia de forma definitiva el subsidio

El subsidio para mayores de 52 años mantiene su estructura: se sigue cobrando una ayuda mensual de 480 euros (80% del IPREM de 600 euros en 2025) y cotiza para la jubilación sobre una base del 125% de la base mínima mientras se percibe. Lo que ha cambiado es el contexto, porque la reciente subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha modificado tanto la base por la que se cotiza como el límite de ingresos para poder acceder a la ayuda.

Esto significa que, sin tocar “la ayuda en sí”, se mueve todo lo que depende del SMI: quién cumple el requisito de rentas, cuánto se cotiza por jubilación y, en la práctica, qué decisiones puede ser más interesante tomar si te ofrecen un empleo, sobre todo parcial o con salario bajo.

Cómo influye la subida del SMI en tu cotización y en el límite de ingresos

La base de cotización ligada al subsidio para mayores de 52 años sube automáticamente cuando aumenta el SMI, porque este subsidio cotiza al 125% de la base mínima de cotización. Esto es positivo para tu futura pensión: por los mismos 480 euros de ayuda, ahora estás generando una cotización más alta que antes.

Al mismo tiempo, se eleva el tope de rentas que puedes tener para cobrar el subsidio, ya que no puedes superar el 75% del SMI en ingresos propios. Con un SMI más alto, ese 75% también crece, lo que permite que personas que antes quedaban fuera por pasarse ligeramente de ingresos ahora entren dentro del requisito económico.

Requisitos actuales para cobrar el subsidio de mayores de 52 años

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) detalla una serie de condiciones muy concretas para poder acceder al subsidio de mayores de 52 años, que se han adaptado a la reforma del nivel asistencial que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024 (Real Decreto-ley 2/2024). Entre los requisitos clave están:

  • Tener 52 años o más en la fecha del hecho causante (agotamiento de la prestación contributiva o acreditación de desempleo con al menos 90 días cotizados).
  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024, o bien acreditar situación legal de desempleo en esa fecha o posterior, con al menos 90 días cotizados.
  • Estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial, inscrito como demandante de empleo y haber suscrito el acuerdo de actividad.
  • Haber cotizado al menos 15 años a la jubilación y al menos 6 años por desempleo en España a lo largo de la vida laboral.
  • No superar el límite de rentas propias del 75% del SMI y mantener este requisito durante todo el tiempo que se cobra el subsidio.

Además, el SEPE precisa que no se puede acceder a este subsidio si se ha percibido o agotado la Renta Activa de Inserción (RAI), el subsidio extraordinario por desempleo o la prestación por cese de actividad, salvo supuestos muy concretos de reanudación de subsidios que permiten generar el hecho causante a partir de esa reanudación.

Qué ocurre con tu subsidio si encuentras trabajo

Un punto que está generando muchas dudas es qué pasa con el subsidio cuando el beneficiario firma un contrato, especialmente si es a tiempo parcial o con salario bajo.

  • Mientras se trabaja: el subsidio se suspende, se dejan de cobrar los 480 euros y se detiene la cotización al 125% sobre la base mínima; en ese periodo solo se cotiza por el salario del nuevo trabajo.
  • Al terminar el contrato: si se mantienen los requisitos (edad, cotizaciones, límite de rentas, demanda de empleo), el subsidio puede reanudarse sin necesidad de iniciar un expediente desde cero.

Cómo decidir qué te conviene: claves prácticas para mayores de 52 años

Aunque el diseño del subsidio no ha cambiado, la forma en la que te afecta sí lo ha hecho, y tus decisiones laborales deberían tener en cuenta este nuevo escenario. Algunos puntos útiles para valorar tu situación son:

  • Si estás cerca de la edad de jubilación y tu prioridad es mejorar tu pensión, comparar la base de cotización del subsidio (125% de la base mínima) con la base que te ofrece un contrato parcial o mal pagado puede marcar la diferencia.
  • Si el contrato tiene buena base de cotización y estabilidad, suele ser preferible trabajar, porque además de mejorar ingresos presentes, también puede elevar tu futura pensión y tu historial de cotizaciones.
  • Si no llegas al mínimo de 15 años cotizados o te faltan años por desempleo, el subsidio puede ser una herramienta clave para completar ese tiempo, siempre que no superes el límite de ingresos ligado al 75% del SMI.

En cualquier caso, el SEPE y la Seguridad Social recomiendan revisar tu vida laboral y simular escenarios de jubilación antes de tomar decisiones que afecten a tus últimos años cotizados, especialmente en un contexto de cambios normativos y de subida del SMI. Para dudas concretas, es aconsejable pedir cita en el SEPE o consultar con una asesoría especializada en pensiones, aportando tu informe de vida laboral y tus bases de cotización recientes.