La pensión no contributiva de incapacidad es un tipo de pensión pública dirigida a personas con una discapacidad igual o superior al 65%, y que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica. Esta prestación está gestionada por el IMSERSO.
Generalmente, los ciudadanos creen que la pensión no contributiva de incapacidad, también conocida como pensión por discapacidad, no se puede compatibilizar con un trabajo. Sin embargo, esto no es realmente así.
Compatibilidad de la pensión no contributiva de incapacidad y un trabajo
La pensión no contributiva de incapacidad se puede compatibilizar con el desarrollo de una actividad laboral, aunque existen limitaciones normativas que deben tener en cuenta las personas beneficiarias de la prestación.

En concreto, la normativa del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) establece que «el derecho a pensión no contributiva de incapacidad no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo».
No obstante, esta compatibilidad presenta ciertas cuestiones. En este sentido, se establece un límite de ingresos para compatibilizar la actividad laboral. Además, solo se podrá mantener dicha compatibilidad hasta un máximo de cuatro años.
Desde el IMSERSO señalan que «las personas que con anterioridad al inicio de una actividad laboral vinieran percibiendo una pensión no contributiva de incapacidad, podrán compatibilizar el percibo de la pensión con los ingresos derivados de la actividad, durante los cuatro años siguientes al inicio de la actividad, si la suma de la cuantía anual de la pensión que tuviera reconocida el pensionista y de los ingresos anuales que perciba o prevea vaya a percibir de la actividad laboral no superan 15.105,80 euros».
Puede darse el caso de que se sobrepase dicho límite. Ante esta situación, el importe anual de la pensión se reduciría lo necesario para no sobrepasar el límite máximo y permitir la compatibilidad entre el empleo y la pensión no contributiva de incapacidad.
En concreto, el límite de 15.015,80 euros anuales establecido por el IMSERSO resulta de la suma de la cuantía de la pensión no contributiva de incapacidad (7.905,80 euros) y el importe anual vigente del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples), que se establece en 7.200 euros en 2025.
Plazo máximo de compatibilidad
En caso de cumplir cuatro años compatibilizando la pensión no contributiva de incapacidad y el trabajo, si el ciudadano continúa realizando la actividad laboral, el IMSERSO procederá a suspender el derecho a cobrar la pensión. Esta suspensión se mantendrá mientras se mantenga dicha situación y el ciudadano no cese en la actividad laboral.
Una vez que el ciudadano cese en la actividad laboral, si continúa cumpliendo con los requisitos pertinentes, recuperará el derecho a cobrar la pensión no contributiva de incapacidad. Todo ello, sin que se tengan en cuenta los ingresos derivados de dicha actividad.
Esta compatibilidad con el trabajo se ha incorporado recientemente por parte del Gobierno de España, con el objetivo de fomentar el acceso a un empleo entre las personas que cobran una pensión no contributiva de incapacidad.
Por tanto, los ciudadanos perceptores de una pensión no contributiva de incapacidad deben conocer la posibilidad de compatibilizar su pensión con un empleo, teniendo en cuenta las limitaciones existentes.