¿Tienes reconocida una incapacidad permanente y quieres saber si es compatible con el subsidio para mayores de 52 años? La abogada Marina Alaminos despeja tus dudas: “es compatible cobrar una incapacidad permanente y el subsidio para mayores de 52 años”, afirma en su último vídeo.
Para cobrar esta ayuda mientras también percibes la pensión de incapacidad permanente, deberás cumplir una serie de requisitos. Además, demostrar que tu situación laboral te ha dado derecho a prestarte como demandante de empleo.
Requisitos generales del subsidio para mayores de 52 años
Antes de solicitar el subsidio para mayores de 52, lo primero que debes hacer es conocer los requisitos generales que están vigentes en la normativa española.
Estos son los criterios básicos que exige la Seguridad Social para esta prestación:
- Edad mínima: tener 52 años o más.
- Situación de desempleo: estar demandante de empleo tras la extinción de un contrato.
- Cotizaciones: un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales al menos 2 años deben estar dentro de los últimos 15. También se exige haber cotizado al desempleo 6 años a lo largo de la vida laboral.
- Rentas bajas: no superar el 75 % del SMI (unos 810 € mensuales en 2024).
Marina Alaminos explica que “estos requisitos se mantienen mientras la normativa no cambie”, por lo que es crucial revisar tus cotizaciones y tu situación de desempleo antes de solicitar el subsidio.
Compatibilidad con la pensión de incapacidad permanente
Con una incapacidad permanente total para tu profesión habitual, puedes cobrar el subsidio siempre que, tras el reconocimiento de la pensión, hayas vuelto a trabajar, tu contrato se haya extinguido y te hayas inscrito como demandante de empleo.
“Si tú te reconocieron una pensión de incapacidad permanente y luego te incorporaste de nuevo a trabajar, se te extinguió el contrato, tuviste derecho a la prestación de desempleo y luego continuaste como demandante de empleo, ahí sí que tendrás derecho a cobrar el subsidio”, detalla Alaminos.
En cambio, quienes tienen incapacidad absoluta o gran invalidez no pueden apuntarse como demandantes de empleo, por lo que no cumplen la condición de desempleo legal y no acceden al subsidio.
Si el SEPE o la Dirección Provincial te deniega la ayuda, “contacta primero con un abogado para que revise tu caso”, aconseja la experta, ya que “los tribunales han reconocido que no es necesario haber cotizado 15 años tras la incapacidad, sino en cómputo total”.
El subsidio para mayores de 52 años ayuda a miles de personas en edad avanzada a proteger su economía ante una situación de desempleo. Así, es crucial para este grupo de edad en esos momentos tan complicados.