En 2025 entró en vigor una de las reformas sociales más relevantes para el colectivo de personas con discapacidad en España. A partir de ahora, quienes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 45% podrán acceder a la jubilación anticipada en condiciones más flexibles que el resto de trabajadores.
La medida fue aprobada en 2023 por el Ejecutivo de Pedro Sánchez y supone un cambio de gran impacto, ya que reduce los requisitos de cotización y amplía los supuestos en los que se reconoce el derecho. Con ello, se busca dar respuesta a las dificultades que afrontan muchas personas con discapacidad a lo largo de su vida laboral, tanto en el acceso al empleo como en la permanencia dentro del mercado de trabajo.
Menos años de cotización y más colectivos incluidos
Hasta ahora, las personas con discapacidad necesitaban al menos 15 años cotizados para poder solicitar esta modalidad de jubilación anticipada. Con la reforma, esa cifra se reduce a tan solo 5 años desde el diagnóstico de la discapacidad, siempre que durante ese tiempo se haya mantenido un grado igual o superior al 45%.
Otro de los puntos clave es que se permite la suma de varias patologías para alcanzar el porcentaje exigido. De este modo, trabajadores con diferentes dolencias que en conjunto superen el 45% podrán beneficiarse también del adelanto en la edad de retiro.
La Seguridad Social ha subrayado que tanto los empleados por cuenta ajena como los autónomos están contemplados en esta normativa, siempre que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta. La acreditación de la discapacidad deberá realizarse mediante certificados oficiales emitidos por el IMSERSO o por los organismos autonómicos competentes.
¿A qué edad se podrá acceder a la jubilación?
La edad mínima varía en función del grado de discapacidad:
- A partir de los 56 años: para quienes tengan reconocido un 45% o más.
- A partir de los 52 años: en los casos más graves, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Entre las enfermedades y condiciones reconocidas se encuentran la parálisis cerebral, la esclerosis múltiple, la fibrosis quística, el síndrome de Down, la esquizofrenia, el trastorno bipolar, el daño cerebral adquirido, así como lesiones medulares traumáticas, entre muchas otras.
Con este nuevo marco legal, España se sitúa entre los países europeos que más han avanzado en materia de protección social y reconocimiento de derechos para las personas con discapacidad, adaptando la jubilación a la realidad de quienes enfrentan mayores barreras a lo largo de su vida laboral.