La pensión de viudedad y la pensión de incapacidad permanente son dos pensiones contributivas de la Seguridad Social. En este sentido, son muchos los ciudadanos que se preguntan si es posible percibir ambas pensiones al mismo tiempo.
En el caso de la pensión de incapacidad permanente, se trata de una pensión destinada a proteger económicamente a un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que provoca una reducción o eliminación de su capacidad laboral.
Por su parte, la pensión de viudedad, es una pensión contributiva dirigida a proteger económicamente al cónyuge o pareja de hecho de la persona fallecida. Eso sí, la persona beneficiaria debe cumplir con los requisitos exigidos por la Seguridad Social.
Compatibilidad de la incapacidad permanente con la pensión de viudedad
La normativa de la Seguridad Social permite compatibilizar el cobro de una pensión de viudedad con la percepción de una pensión de incapacidad permanente en España. Eso sí, existen limitaciones que se deben tener en cuenta a la hora de recibir ambas prestaciones al mismo tiempo.
Desde ‘Fidelitis’ explican que «la incapacidad permanente compensa la pérdida de capacidad laboral propia», mientras que «la pensión de viudedad protege ante la pérdida del cónyuge». Al tratarse de prestaciones que responden a contingencias diferentes, es posible cobrar ambas al mismo tiempo.
Tal y como hemos explicado anteriormente, existen limitaciones que los ciudadanos deben tener en cuenta con respecto a la percepción de ambas pensiones al mismo tiempo. En concreto, la suma de ambas prestaciones no puede ser superior a la cuantía de pensión máxima establecida por el Gobierno de España.
Cada año, el Gobierno Central determina un importe de pensión máxima que puede cobrar un ciudadano en España. En 2025, la cuantía de pensión máxima es de 3.267,60 euros al mes. Así, la suma de la pensión de viudedad y la pensión de incapacidad permanente, en caso de compatibilizar ambas prestaciones, no puede superar dicho importe.
Por otro lado, los profesionales de ‘Fidelitis’ informan que «en algunos casos, la pensión de viudedad puede verse reducida si concurren otras prestaciones o ingresos que superan ciertos límites».
Situaciones específicas de compatibilidad
Por norma general, mientras no existan problemas con respecto a los límites económicos, la pensión de viudedad es totalmente compatible con el cobro de una pensión de incapacidad permanente, independientemente del grado reconocido.
Para observar mejor esta posibilidad, vamos a exponer un ejemplo práctico. Supongamos que un trabajador recibe una incapacidad permanente con una pensión de cuantía en 1.000 euros. Posteriormente, fallece su cónyuge y le corresponde percibir una prestación de 900 euros.
En este caso podrá compatibilizar la pensión de viudedad y la pensión de incapacidad permanente, ya que la suma de las cuantías de ambas prestaciones es de 1.900 euros y, por tanto, no supera el importe de pensión máxima.
Puede darse la situación de que la Seguridad Social revise las cuantías de las pensiones o determine ciertos problemas a la hora de establecer dicha compatibilidad. Ante ello, el ciudadano tiene la posibilidad de realizar una reclamación previa por la vía administrativa e incluso acudir a la vía judicial.