Cada campaña de la Renta se repite el mismo miedo: entras al borrador, haces números y el resultado es “a pagar”. En muchos casos es normal, pero en otros la sorpresa viene porque durante el año tu empresa no ha retenido el IRPF correctamente en tu nómina. La clave está en el artículo 99.5 de la Ley 35/2006 del IRPF, publicado en el BOE: si la falta de retención (o la retención insuficiente) se debe exclusivamente a la empresa, el trabajador puede deducir en su declaración la cantidad que debió haberse retenido desde el principio. Es decir, Hacienda ajusta, pero el impacto económico final no tiene por qué salir de tu bolsillo.
Qué dice exactamente la ley: el artículo 99.5 del IRPF
El artículo 99.5 de la Ley del IRPF establece que, cuando la retención no se haya practicado o se haya hecho por un importe inferior al debido por causa imputable solo al retenedor (la empresa), el perceptor (tú, como trabajador) “deducirá de la cuota la cantidad que debió ser retenida”. En un lenguaje más sencillo, significa:
- Hacienda calcula lo que tendrías que haber pagado en total ese año.
- Si tu empresa se ha “quedado corta” al retener IRPF, la diferencia no se te puede cargar como si el fallo fuera tuyo.
- Tú regularizas, pero con derecho a deducirte lo que te debieron retener, de modo que el coste real se traslada a la empresa.
- Este esquema protege al trabajador siempre que haya cumplido su parte: informar bien y a tiempo de su situación personal y familiar.
Otras circunstancias que influyen en tu tipo de retención
Si entregaste el Modelo 145 actualizado y, aun así, la empresa aplicó un porcentaje de IRPF inferior al que correspondía, la responsabilidad es de la empresa. En cambio, si no entregaste el documento o no lo actualizaste cuando cambió tu situación, Hacienda entenderá que el error es tuyo y no podrás trasladar la culpa al empleador. Por eso es tan importante:
- Revisar y actualizar el Modelo 145 cada vez que tengas un cambio relevante (matrimonio, hijos, divorcio, discapacidad, etc.).
- Guardar una copia del documento presentado (correo, resguardo, registro interno, etc).
- Comprobar que el porcentaje de IRPF de tu nómina tiene sentido con lo que declaraste.
Quién paga realmente a Hacienda: empresa vs trabajador
En la práctica, pueden darse dos escenarios muy distintos:
Paga la empresa
- Tú has comunicado todos tus datos correctamente mediante el Modelo 145.
- La empresa ha aplicado una retención menor a la que marca la normativa.
- Resultado: cuando regularizas con Hacienda, puedes deducirte lo que te debieron retener, y la diferencia se considera responsabilidad del empleador.
Pagas tú
- No entregaste el Modelo 145.
- O no avisaste de cambios importantes (nacimiento de hijos, cambio de estado civil, etc.).
- En ese caso, el fallo es imputable al trabajador y la empresa no asume la diferencia: eres tú quien debe pagar ese extra en la Renta.
La Agencia Tributaria, a la hora de revisar, mira tanto los datos del contribuyente como las retenciones practicadas por la empresa para determinar de quién es la culpa del descuadre.
¿Puede la empresa reclamarte después lo que ha pagado?
Algunas empresas, tras verse obligadas a pagar a Hacienda por un error propio, intentan luego repercutir esa cantidad al trabajador. Para ello, se apoyan en el artículo 1895 del Código Civil, que habla de la obligación de restituir lo indebidamente percibido.
Cómo protegerte antes de que llegue la campaña de la Renta
Si quieres minimizar sustos en tu próxima Declaración de la Renta, y estar cubierto si la empresa se equivoca, estos pasos son clave:
- Revisa el Modelo 145 y actualízalo siempre que cambie tu situación personal o familiar.
- Comprueba tus nóminas: mira el porcentaje de IRPF y, si tienes dudas, consulta con un asesor o compara con las tablas orientativas de la Agencia Tributaria.
- Guarda copia de todo lo que entregues a tu empresa (145, correos, comunicaciones internas).
- Si tu declaración sale a pagar y sospechas que el motivo es una retención mal hecha, contrasta con un profesional o pide cita en la propia Agencia Tributaria antes de asumir que el error es tuyo.
Con esta combinación de prevención y conocimiento de tus derechos, si tu declaración de la renta sale a pagar podrás distinguir cuándo te toca a ti y cuándo, por ley, es la empresa quien debe responder ante Hacienda.