Las nuevas discapacidades que permiten acceder a la jubilación anticipada en España

Nuevas discapacidades podrán sumarse próximamente al listado de enfermedades de la Seguridad Social que permiten a los ciudadanos con una discapacidad igual o superior al 45% acceder a la jubilación anticipada.

Las personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 45% en España, tienen la posibilidad de jubilarse anticipadamente a partir de los 56 años de edad. Eso sí, siempre que se cumplan una serie de requisitos.

Listado de enfermedades para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad

Además de tener reconocida una discapacidad igual o superior al 45%, para acceder a la jubilación anticipada, es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Como mínimo, cinco de los años de cotización exigidos deben haberse completado con la discapacidad reconocida.

Jubilación anticipada por discapacidad debido a fibromialgia
Jubilación anticipada por discapacidad debido a fibromialgia./ Licencia Adobe Stock

Otro requisito imprescindible para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45% es que la discapacidad proceda de alguna de las enfermedades recogidas en el listado de la Seguridad Social para esta modalidad de jubilación.

Hasta el pasado 7 de mayo de 2025, este listado de enfermedades de la Seguridad Social era inamovible. Ese día entró en vigor la Orden Ministerial ISM/444/2025 por la que se regula el procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad en el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre.

Es decir, la normativa actual permite incluir nuevas enfermedades al listado de patologías de la Seguridad Social que dan derecho a acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%.

La solicitud para incluir nuevas enfermedades debe partir de asociaciones o instituciones de representación de colectivos de dicha enfermedad. Posteriormente, una comisión técnica tendrá que analizar la solicitud para determinar si admite o no las nuevas enfermedades.

Nuevas enfermedades para acceder a la jubilación anticipada

Coincidiendo con el cambio de normativa, desde el CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) han realizado una solicitud a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social para incluir las siguientes enfermedades en el listado de patologías de la Seguridad Social:

  • Artritis reumatoide.
  • Encefalomielitis miálgica.
  • Amiloidosis por Transtiretina variante (ATTRv).
  • Enfermedad de Huntington.
  • Parkinson.
  • Distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert).
  • Espina bífida.
  • Fibromialgia.
  • Inmunodeficiencias primarias.
  • Lupus eritematoso sistémico.
  • Esclerosis Sistémica.

La Comisión Técnica de la Seguridad Social debe ofrecer una resolución respecto a esta solicitud planteada por el CERMI. Así, podrían ser las primeras enfermedades que se incluyen en el listado, hasta ahora hermético, de la Seguridad Social para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%.

Por tanto, las personas con una discapacidad igual o superior al 45% derivada de algunas de estas patologías, tendrán la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada a partir de los 56 años de edad.

La normativa de la Seguridad Social también contempla la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65% a partir de los 52 años de edad. En este caso, no se exige que la discapacidad derive del listado de enfermedades de la Seguridad Social.

Independientemente del grado de discapacidad, cuando un ciudadano accede a la jubilación anticipada por discapacidad en España, la Seguridad Social no aplica ninguna penalización sobre la cuantía de la pensión contributiva a percibir.