Miles de personas con discapacidad dejarán de enfrentarse a revisiones médicas al alcanzar la edad de jubilación

Durante años, las revisiones médicas obligatorias han sido una fuente constante de ansiedad para miles de personas con discapacidad que perciben una pensión por incapacidad permanente. Sin embargo, al cumplir la edad ordinaria de jubilación, este procedimiento dejará de ser obligatorio, lo que supone un importante alivio para quienes han convivido con la incertidumbre y el temor a perder su prestación.

La normativa actual establece que, una vez alcanzados los 67 años, o los 65 en caso de haber cotizado al menos 38 años y ocho meses, las personas beneficiarias de una pensión por incapacidad permanente pasan a cobrar automáticamente una pensión de jubilación. A partir de ese momento, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) deja de convocarles a nuevas evaluaciones médicas.

Una medida que aporta estabilidad tras años de inseguridad

Para muchas personas con discapacidad, especialmente aquellas con dolencias crónicas o degenerativas, estas revisiones periódicas han supuesto una carga emocional y burocrática difícil de justificar. Asociaciones y colectivos de defensa de derechos han denunciado durante años el carácter «injusto y desgastante» de estas convocatorias, que a menudo obligaban a revivir el proceso de justificación de una situación médica ya reconocida oficialmente.

Desde el movimiento asociativo, esta medida se interpreta como un paso hacia la dignificación de las personas con discapacidad que han formado parte del mercado laboral y han cumplido con sus obligaciones contributivas. «No tiene sentido que, a los 66 años, alguien tenga que seguir justificando que su discapacidad no ha desaparecido. Esta modificación es una victoria de sentido común y de justicia social», señalan desde una entidad de representación estatal.

Una transición hacia la jubilación sin más pruebas

Esta exención no solo elimina un procedimiento que muchas veces resultaba hostil, sino que también permite una transición más tranquila hacia la jubilación, sin sobresaltos ni más incertidumbre sobre la continuidad de la pensión. Además, se reconoce explícitamente que, tras una vida laboral activa y con una discapacidad reconocida, no resulta necesario seguir sometiendo a la persona a valoraciones que rara vez modifican la situación previa.

Edad para dejar de pasar revisiones Requisitos de cotización
67 años Ninguno adicional
65 años 38 años y 8 meses cotizados

Este cambio normativo supone un respiro para miles de familias, cuidadores y personas con discapacidad, que ven reconocidos no solo sus derechos, sino también su dignidad. Ahora, el foco debería centrarse en que esta exención se aplique sin trabas administrativas ni dilaciones injustificadas, garantizando una transición sin barreras hacia una jubilación libre de más pruebas.