Podrás jubilarte antes: la Seguridad Social y las 11 nuevas patologías para acceder al retiro anticipado

La Seguridad Social ha anunciado que ampliará el listado de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada por discapacidad con grado igual o superior al 45%. En concreto, se incorporan 11 nuevas patologías, lo que permitirá que en torno a 50.000 personas puedan adelantar su retirada profesional hasta los 56 años sin recorte en la cuantía de la pensión, siempre que cumplan los requisitos generales de cotización.

Esta actualización se hará mediante la modificación del anexo del Real Decreto 1851/2009, que regula la reducción de la edad de jubilación por discapacidad y que ya fue revisado en 2023. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones remarca que se trata de una medida de “justicia” para personas con enfermedades graves que condicionan de forma intensa su vida diaria y su trayectoria laboral.

Las 11 nuevas patologías que dan derecho a jubilarse a los 56 años

La incorporación de nuevas enfermedades responde a los trabajos de una comisión técnica que ha analizado solicitudes y evidencias sobre su impacto funcional y laboral. Estas son las 11 patologías que se suman al listado que da acceso a la jubilación anticipada a los 56 años, con discapacidad reconocida de al menos el 45%:

  1. Espina bífida.
  2. Amiloidosis por transtiretina variante.
  3. Párkinson.
  4. Distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert).
  5. Enfermedad de Huntington.
  6. Enfermedad renal crónica en estadio 5.
  7. Esclerosis sistémica.
  8. Lesión medular.
  9. Degeneración corticobasal.
  10. Atrofia multisistémica.
  11. Parálisis supranuclear progresiva.

Todas ellas son patologías de gran impacto, muchas de ellas neurodegenerativas o catalogadas como enfermedades raras, que suelen limitar gravemente la autonomía, la movilidad o la capacidad para mantener una actividad laboral continuada.

Requisitos básicos para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad

Aunque tu enfermedad esté incluida en el listado, no se concede la jubilación anticipada de forma automática: es imprescindible cumplir una serie de condiciones. Los requisitos generales que adelanta la Seguridad Social son:

  • Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 45%, provocada por alguna de las patologías del anexo del real decreto.
  • Acreditar al menos 15 años de cotización a la Seguridad Social a lo largo de la vida laboral.
  • Demostrar que, como mínimo durante 5 de esos años cotizados, ya se padecía la patología con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
  • Estar en alta o en situación asimilada al alta en el momento de la solicitud de la jubilación.

Cumplidos estos requisitos, la edad de jubilación se puede reducir hasta los 56 años sin aplicar coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión, a diferencia de lo que ocurre en otras modalidades de jubilación anticipada.

Cuándo entra en vigor la ampliación y cómo iniciar el trámite

La medida no se aplica hasta que el Gobierno apruebe formalmente la modificación del anexo del Real Decreto 1851/2009. El Ministerio ha adelantado que el nuevo reglamento estará operativo antes del verano de 2026, momento a partir del cual las personas afectadas por estas patologías podrán empezar a solicitar la jubilación anticipada con la nueva cobertura.

Hasta que la reforma esté publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Seguridad Social solo puede reconocer la jubilación anticipada por discapacidad en base a las patologías que ya figuran en el anexo actualmente vigente. Por ello, si estás cerca de los 56 años y te afecta alguna de las nuevas enfermedades, es recomendable ir recopilando informes médicos actualizados, resoluciones de discapacidad y vida laboral, para agilizar el proceso en cuanto se abra la vía oficial.

Cómo te puede afectar si vives con una de estas enfermedades

Para muchas personas con discapacidad, seguir trabajando hasta la edad ordinaria de jubilación es prácticamente inviable, no solo por los síntomas físicos o cognitivos, sino por la carga emocional, las crisis de salud y la necesidad de tratamientos continuos. La posibilidad de jubilarse a los 56 años, sin penalización económica en la pensión, permite adaptar mejor el final de la vida laboral a la realidad de la enfermedad y reducir el riesgo de pobreza o exclusión.

Si tienes una de estas patologías, los pasos prácticos que puedes ir preparando son:

  • Verificar tu grado actual de discapacidad y, si es necesario, revisar o actualizar la valoración con tu comunidad autónoma.
  • Comprobar tu vida laboral para asegurarte de que cumples los 15 años cotizados y al menos 5 años en los que ya se acreditaba la discapacidad.
  • Guardar toda la documentación médica que demuestre la evolución de la enfermedad y su impacto funcional.

En todo caso, conviene contrastar tu situación con los canales oficiales de la Seguridad Social (web, teléfono o Centros de Atención e Información) y, si lo necesitas, con asociaciones de pacientes o entidades como el CERMI, que han participado activamente en la reivindicación de esta reforma.

Esta actualización normativa no solo amplía derechos, también envía un mensaje claro: el sistema reconoce que ciertas enfermedades hacen imposible prolongar la vida laboral en igualdad de condiciones y, por tanto, merece un trato específico para garantizar una jubilación dign