Todas las ayudas económicas que se pueden cobrar percibiendo una incapacidad permanente absoluta

La incapacidad permanente absoluta es un grado de incapacidad laboral que se reconoce a un trabajador cuando presenta limitaciones para desarrollar cualquier profesión u oficio, debido a una lesión o enfermedad. Es uno de los grados más elevados que se pueden conceder, solo por debajo de la Gran Invalidez.

El reconocimiento de una incapacidad laboral permanente absoluta implica el derecho a cobrar una pensión contributiva con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador. La prestación se devenga en 12 pagas al año en caso de derivar de accidente de trabajo o enfermedad profesional; o en 14 pagas si deriva de accidente no laboral o enfermedad común.

Ayudas compatibles con la incapacidad permanente absoluta en 2025

A continuación, enumeramos algunas ayudas económicas que se pueden compatibilizar en 2025 con el cobro de una pensión de incapacidad permanente absoluta:

  • Prestaciones por dependencia.
  • Complemento por Gran Invalidez, en caso de que el pensionista necesita la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades básicas del día a día.
  • Prestaciones para personas con discapacidad.
  • Bono Social Eléctrico, que permite reducir la factura de la luz y otros suministros básicos.
  • Subvenciones para adaptaciones en el hogar.
  • Ingreso Mínimo Vital (IMV). En la práctica, debido a los requisitos de vulnerabilidad económica, resulta complicado cobrar al mismo tiempo ambas prestaciones.
  • Ayudas relacionadas con el transporte público.
  • Ayudas al alquiler o rehabilitación de vivienda.

Además de poder compatibilizar estas ayudas y de recibir una pensión contributiva, el hecho de tener reconocida una incapacidad permanente absoluta también implica ciertos beneficios para la persona beneficiaria.

Entre otras cosas, hay que tener en cuenta que las pensiones de incapacidad permanente están libres de tributar al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Se trata de un importante beneficio fiscal.

Por otro lado, las cuantías de las pensiones de incapacidad permanente absoluta se actualizan cada año en función del IPC (Índice de Precios al Consumo) interanual del año anterior. Este mecanismo permite que dichos pensionistas no pierdan poder adquisitivo ante una posible inflación de precios.

Ayudas no compatibles

Tal y como hemos podido comprobar, existen numerosas ayudas o beneficios fiscales compatibles con la percepción de una pensión de incapacidad permanente absoluta. Sin embargo, también encontramos otras prestaciones incompatibles debido a diferentes cuestiones.

Desde ‘Velázquez & Villa Abogados’ explican que las siguientes prestaciones son incompatibles con el cobro de una pensión de incapacidad permanente absoluta:

  • Prestación contributiva por desempleo.
  • Subsidio por desempleo.
  • Otras pensiones contributivas de la Seguridad Social, aunque existen ciertas excepciones como la pensión de viudedad.
  • Ayudas asistenciales que superen el límite de ingresos.

En relación a las ayudas asistenciales, es necesario aclarar que ciertas ayudas autonómicas y municipales no pueden compatibilizarse en caso de que la pensión supere los límites de ingresos establecidos.

Generalmente, la prestación contributiva por desempleo tampoco es compatible con la incapacidad permanente absoluta, ya que se considera incompatible por finalidad. Así se determina en la normativa de la Seguridad Social.

Eso sí, la pensión de incapacidad permanente absoluta sí es compatible con el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, siempre que la persona beneficiaria cumpla con los requisitos pertinentes.