El abogado laboralista Víctor Arpa asegura que es posible obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente tras haber superado un cáncer de pulmón. Esto se debe a las secuelas que pueden originar los tratamientos y cirugías derivadas.
Esta situación es extrapolable a otros tipos de cáncer por los que también se puede conseguir el reconocimiento de una incapacidad permanente. Todo depende, principalmente, de las secuelas y limitaciones existentes.
Incapacidad permanente tras superar un cáncer de pulmón
En este sentido, Víctor Arpa advierte que «el cáncer de pulmón no siempre termina cuando desaparece el tumor. Los tratamientos y cirugías suelen dejar secuelas, como cansancio extremo, falta de aire o dificultad para hacer esfuerzos».
Si un ciudadano lleva más de 18 meses de baja por esta situación, la Seguridad Social puede reconocer una pensión de incapacidad permanente. Cumplir 18 meses de baja no es un requisito obligatorio.
En función de las secuelas que presenta el trabajador tras superar el cáncer de pulmón, podrá solicitar un grado u otro de incapacidad permanente. Si dichas secuelas solo afectan a su trabajo habitual, obtendrá una incapacidad permanente total.
Por otro lado, Víctor Arpa señala que «si las secuelas son tan fuertes que no puedes trabajar en ningún trabajo, podrás tener la posibilidad de acceder a una incapacidad permanente absoluta». Además, añade que «en muchos casos de cáncer de pulmón se acaba reconociendo la absoluta».
Así, el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta implica la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora. Esta pensión contributiva está exenta de tributar al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Finalmente, este abogado especialista en incapacidad laboral, confirma que «el cáncer es una enfermedad incapacitante y se han reconocido muchas pensiones de incapacidad permanente por esta patología».
El cáncer como enfermedad incapacitante
En un reconocimiento de incapacidad permanente por cáncer de pulmón suele ser habitual que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) establezca una fecha de revisión temprana para verificar si el tratamiento ha finalizado y cómo ha afectado al trabajador.
No obstante, es preciso aclarar que el INSS no siempre fija esta fecha de revisión de manera temprana. Todo depende de cada caso, que siempre se valora de manera particular y personal.
Las secuelas de un cáncer de pulmón pueden generar dificultades respiratorias en el ciudadano. Además, también pueden aparecer otro tipo de patologías psicológicas, como una depresión. El INSS debe tener en cuenta todas estas secuelas a la hora de valorar un posible reconocimiento de una incapacidad permanente.
Al igual que ocurre con el resto de patologías o lesiones, una incapacidad permanente por cáncer de pulmón se puede obtener a través del INSS (vía administrativa) o a través de la vía judicial, una vez que se han agotado todas las opciones posibles por la vía administrativa.