No existe una única pensión de incapacidad permanente. Hay cuatro grados, cada uno con su porcentaje sobre la base reguladora, y sobre todo una red de mínimos garantizados que en 2026 fija el Real Decreto 241/2026.
Qué porcentaje corresponde a cada grado
La incapacidad permanente parcial no da derecho a una pensión, sino a una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para la incapacidad temporal. La incapacidad permanente total reconoce el 55 % de la base reguladora, porcentaje que sube al 75 % a partir de los 55 años en la llamada total cualificada. La incapacidad permanente absoluta otorga el 100 % de la base reguladora. Y la gran invalidez suma a la pensión que corresponda un complemento destinado a remunerar a la persona cuidadora.
Los mínimos garantizados de 2026
Estas son las cuantías mínimas anuales, que se abonan en 14 pagas:
Gran invalidez: 26.385,80 euros con cónyuge a cargo; 19.660,20 euros en unidad económica unipersonal; 18.662,00 euros con cónyuge no a cargo.
Incapacidad permanente absoluta y total con 65 años: 17.592,40 euros con cónyuge a cargo; 13.106,80 euros sin cónyuge; 12.441,80 euros con cónyuge no a cargo.
Incapacidad permanente total entre 60 y 64 años: 17.592,40; 12.262,60; y 11.590,60 euros respectivamente.
Incapacidad permanente total derivada de enfermedad común en menores de 60 años: 9.662,80 euros con cónyuge a cargo y sin cónyuge, y 9.580,20 euros con cónyuge no a cargo. Es el suelo del sistema.
El techo y el cálculo del complemento de gran invalidez
El límite de la cuantía inicial de las pensiones públicas causadas en 2026 es de 3.359,60 euros mensuales, 47.034,40 euros anuales. En cuanto al complemento de gran invalidez, desde 2019 se calcula con una fórmula propia recogida en el artículo 196.4 de la LGSS: el 45 % de la base mínima de cotización vigente en el Régimen General en el momento del hecho causante más el 30 % de la última base de cotización del trabajador. Ese complemento nunca puede ser inferior al 45 % de la pensión percibida sin él.
Una excepción importante
La total cualificada no tiene un mínimo propio: al tratarse de un incremento del 20 % sobre la incapacidad permanente total, su garantía es la que corresponda a esa pensión según la edad y la situación familiar.
En agosto de 2026 había en España 1,06 millones de pensiones de incapacidad permanente en vigor, con una nómina mensual de 1.331,4 millones de euros, según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Suponen en torno al 10 % de todas las pensiones contributivas del sistema.




