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El Gobierno aprueba el cambio que entra en vigor el 1 de octubre que no permite aparcar cerca de colegios y que también afecta a hospitales y centros de personas con discapacidad

Redacción DXT
20/09/2026 12:00
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El Gobierno de España ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación (RGC) que entrará en vigor el 1 de octubre de 2026 y que permitirá restringir la circulación y el estacionamiento en los alrededores de los colegios, así como en las proximidades de hospitales y de centros para personas mayores o con discapacidad. El cambio está recogido en el Real Decreto 518/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 26 de junio, y su objetivo declarado es proteger a los usuarios más vulnerables de la vía.

Cabe recordar que reducir la siniestralidad entre peatones, menores y personas con movilidad reducida es una de las prioridades que vienen marcando el Ejecutivo y la Dirección General de Tráfico (DGT). Los entornos escolares concentran cada día, durante los minutos de entrada y salida, una mezcla especialmente delicada: vehículos maniobrando, coches en doble fila y decenas de niños y acompañantes cruzando a pie.

Qué dice exactamente el nuevo artículo 158

La novedad de mayor calado se encuentra en el artículo 158 del Reglamento. A partir de su entrada en vigor, los ayuntamientos —o los titulares de la vía cuando la competencia sea suya— podrán crear caminos o zonas escolares seguras y adoptar para ello distintas actuaciones sobre el tráfico.

En la práctica, esas administraciones quedan habilitadas para aplicar medidas como estas:

  • Reducir el límite de velocidad en las calles que rodean el centro educativo.
  • Introducir medidas de moderación del tráfico (lo que se conoce como calmado: badenes, estrechamientos, plataformas elevadas o desvíos).
  • Restringir la circulación de vehículos a motor y ciclomotores en determinadas vías o franjas horarias.
  • Modificar la regulación del estacionamiento en las inmediaciones del colegio.

Es decir, el Real Decreto no impone una única fórmula, sino que amplía el margen legal del que disponen los municipios para intervenir sobre esas calles.

El cambio también llega a hospitales y centros de personas con discapacidad

Uno de los puntos menos comentados de la reforma, y de los más relevantes para el colectivo de la discapacidad, es que las restricciones no se limitan a los entornos escolares. El nuevo articulado contempla igualmente actuaciones específicas en las proximidades de hospitales y de centros destinados a personas mayores o con discapacidad.

En todos esos casos, la lógica es la misma: limitaciones de velocidad, medidas sobre el estacionamiento y otras actuaciones de seguridad vial pensadas para entornos donde se concentran peatones con menor capacidad de reacción o con movilidad reducida. Se trata, en definitiva, de blindar los accesos a equipamientos que reciben a diario a usuarios vulnerables.

Ojo: no es una prohibición automática en toda España

Conviene matizar un extremo que ha generado confusión. El 1 de octubre no quedará prohibido de forma automática circular o aparcar junto a todos los colegios del país. Lo que hace la norma es habilitar la restricción, no aplicarla por sí sola.

La traducción concreta dependerá de las medidas que adopte cada autoridad competente y de lo que recojan las ordenanzas municipales. Por el contrario, en los municipios que no muevan ficha, la situación seguirá siendo la misma que hasta ahora.

Qué cabe esperar a partir de octubre

Con todo, la reforma dibuja un escenario de cambio gradual: serán los consistorios los que decidan en qué calles, con qué horarios y con qué señalización se aplican las nuevas limitaciones. Lo previsible es que las zonas escolares seguras se vayan extendiendo por fases, empezando por los centros con accesos más conflictivos.

A partir del 1 de octubre de 2026, por tanto, el aviso para los conductores es claro: conviene revisar la señalización y las ordenanzas locales antes de dar por hecho que se puede seguir aparcando donde siempre en la puerta del colegio, del hospital o del centro de día.

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