La reforma de la Ley de Dependencia crea un nuevo servicio de cuidados y apoyos en viviendas. Y para que el dinero llegue íntegro a las familias, la Ley 4/2026 modifica también la Ley del IRPF.
Qué prestaciones quedan exentas
La ley da nueva redacción a la letra x) del artículo 7 de la Ley del IRPF, la que enumera las rentas que no tributan. Quedan exentas las prestaciones económicas públicas de la Ley de Dependencia vinculadas a:
- Los cuidados en el entorno familiar.
- La asistencia personal.
- Los cuidados y apoyos en viviendas, la gran novedad.
Qué es lo nuevo
Las ayudas para cuidados en el entorno familiar y para asistencia ya estaban exentas. Lo que hace la reforma es incorporar la nueva prestación de cuidados y apoyos en viviendas, que nace con esta misma ley, y actualizar el nombre de la asistencia personal. Así, quien la reciba no tendrá que declararla como ingreso sujeto a tributación.
Desde cuándo se aplica
La modificación fiscal tiene efectos desde la entrada en vigor de la Ley 4/2026, es decir, desde el 23 de octubre de 2026. La ley se publicó en el BOE el 3 de octubre.
Un consejo práctico
Antes de presentar la declaración de la renta, conviene revisar el certificado de la comunidad autónoma que paga la prestación y comprobar en qué casilla figura. Ante cualquier duda, se puede consultar a la Agencia Tributaria o a un asesor fiscal.